Se prorroga automáticamente, por un plazo de tres meses, la vigencia de los títulos de familia numerosa cuya caducidad se produzca durante el estado de alarma y sus prórrogas, salvo las solicitudes de renovación que hayan sido resueltas expresamente. En estos casos, la vigencia de cada título será la establecida en la correspondiente resolución.
También se prorrogará por un plazo de tres meses la vigencia de los títulos de aquellas solicitudes de renovación que se hubieran presentado en plazo y estuvieran pendientes de resolver.

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